jueves, 29 de noviembre de 2012

Crítica de un ciudadano

Según la información recolectada de fuentes confiables, podemos darnos cuenta que la minería ayuda a la economía de la población y por ende no se puede negar esa actividad productiva, pero lo que si debemos de perocuparnos y cersiorarnos es que cada vez que terminen de extraer los materiales siembren nuevamente vegetacion y así, poder ayudar a la comunidad aledaña.

Este pensar viene intencionado de buena manera para que, por errores de algunas mineras, no se etigmatice cuando hablamos de una empresa minera, o en sí, la minería. Por el contrario debemso ser cautos y brindar nuestra disposición para que se lleve a cabo de la mejor manera posible, siempre y cuando se cumpla con los parametros de desarrollo sostenible que se ha venido dando.

No obstante, me gustaría aclarar en este blog, que la empresa minera ya antes mencionada, no es propiamente una de las empresas que cumplen con lo pactado con la gente y con el estado, y es por ello que mi persona se encuentra en total desacuerdo con la actitud de la empresa minera Doe Run Perú. No justifico por ningun motivo el alto grado de contaminación en La Oroya, donde este empresa opera, y por ende la vulnerabilidad de salud ocupacional de los trabajadores y de la misma población.

Esta empresa ha venido incumpliendo reglas determinadas durante el transcurso del tiempo, obviamente con fin de lucro, sin importar la calidad de vida de los moradores de la zona ni de sus propios trabajadores, por más que en la pagina web de esta empresa hayan publicado que se han cumplido 8 de los 9 proyectos pactados por el PAMA, no quiere decir que sean verdad, ya que a mi persona no le consta que se hayan realizado dichas modificaciones o creaciones.

No me gustaría despedirme sin decirles que la minería y la agricultura se pueden dar a la vez, sin que una u otra afecta la otra y visceversa. Esto ya es ingenio de los pobladores y de la misma empresa.


martes, 20 de noviembre de 2012

Doe Run Peru - PAMA



Finalizado el año 2009, Doe Run Perú ha completado ocho de los nueve proyectos del PAMA – Programa de Adecuación y Manejo Ambiental -. El único proyecto del programa aún por completar es el referido a las tres plantas de ácido sulfúrico, un proyecto en marcha, de las cuales se han completado dos. La segunda planta de ácido sulfúrico en el circuito de plomo se completó en Setiembre 2008 y una vez completada la tercera planta de ácido sulfúrico en el circuito de cobre, las emisiones de dióxido de azufre estarán totalmente bajo control.


La compañía, con las mejoras en su infraestructura y la terminación de los requerimientos del PAMA habrá alcanzado su meta ambiental estratégica de asegurar que todo desecho sólido, descarga de efluentes o emisión de gases producto de sus operaciones esté bajo control y corresponda a los límites máximos permisibles.

Los logros ambientales alcanzados a la fecha son importantes. No se produce ningún impacto ambiental con relación al agua (no se contamina ningún río o afluente), ningún impacto ambiental en sólidos (control de nuestros residuos sólidos) y en aire se ha dado una drástica reducción del impacto ambiental donde se cumple con los niveles máximos permisibles de emisión de polvos y metales por chimenea y con el promedio mensual del estándar de calidad de aire para el plomo.

Doe Run Perú está cumpliendo con su compromiso de convertir su centro de operaciones en una organización moderna y competitiva sujeta a los más altos estándares ambientales. El informe publicado por el Blacksmith Institute después de la visita del Sr. Brian Wilson del International Lead Management Center, lo confirma.

Algo de historia sobre el PAMA

En 1996 la empresa estatal Centromin Perú elaboró el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental – PAMA - para el Complejo Metalúrgico de La Oroya. El PAMA consistió de nueve proyectos para ejecutarse en diez años con una inversión total de US$ 107,5 millones.

En 1997, al adquirir el Complejo, Doe Run Perú asumió el compromiso de ejecutar el PAMA. Sin embargo, un análisis posterior mostró que los proyectos, tal como fueron concebidos inicialmente, resultaron ineficientes en términos de concepto, diseño, dimensión e ingeniería, no abordó las prioridades ambientales sobresalientes (i.e. cómo reducir el nivel de plomo en el aire en La Oroya) y subestimó tanto la complejidad de su ejecución como el monto de inversión necesario para completarlos.

A la fecha Doe Run Perú ha logrado completar exitosamente 8 de los 9 proyectos incluidos en el PAMA y, al mismo tiempo, ha extendido el alcance de sus compromisos ambientales con inversiones que han superado los US$ 316 millones. El noveno proyecto, con un avance del 52%, consistió inicialmente en la ejecución de una planta de Acido Sulfúrico la que se reformuló para ejecutar 3 plantas de las cuales 2 ya han sido terminadas.

FUENTE: DOE RUN PERU

PAMA



En principio hablaremos el significado de las siglas PAMA; Programa de Adecuación y Manejo Ambiental. El PAMA es el programa que contiene el diagnóstico ambiental, la identificación de impactos ambientales y la priorización de las acciones e inversiones necesarias para incorporar a las operaciones eléctricas los adelantos tecnológicos y/o medidas alternativas que tengan como propósito reducir o eliminar las emisiones y/o vertimientos, a fin de poder cumplir con los límites máximos permisibles (LMP) establecidos por la autoridad competente.

Las disposiciones del PAMA son aplicables a todas las concesiones y autorizaciones que se encuentren operando antes de la promulgación del reglamento de protección ambiental en las actividades eléctricas.

Se estableció que el plazo de la presentación del PAMA no debía ser mayor de 18 meses a partir de la fecha de vigencia del reglamento de protección ambiental en las actividades eléctricas, el mismo que debía ser presentado a la Dirección General de Electricidad (DGE) suscrito por un auditor ambiental debidamente registrado en el ministerio. La DGE, con la opinión favorable o desfavorable de la DGAAE, según sea el caso, aprobaba u objetaba respectivamente el PAMA, en un plazo máximo que no debía exceder los 120 días calendario. De existir objeciones, estas debían absolverse en un plazo máximo de 60 días calendario.

A partir de la promulgación del decreto supremo 053-99-EM, las modificaciones de los PAMA debían presentarse ante la DGAAE. De existir observaciones en la modificación al PAMA, la DGAAE notificaba por escrito al titular de la actividad para que en un plazo máximo de 90 días pueda levantar estas observaciones, después de los cuales la autoridad podrá declarar en abandono la solicitud. Si en un plazo máximo de 30 días calendarios, contados a partir de la recepción del levantamiento de las observaciones, la DGAAE no se pronuncia sobre dicho levantamiento, estos estudios y documentos se darán por denegados.

Según lo señalado por el reglamento de protección ambiental en las actividades eléctricas, el PAMA debía contener:
  • Un programa de monitoreo para cada actividad eléctrica, identificando los problemas y efectos de deterioro ambiental y planteándose las probables alternativas de solución.
  • Determinación de los impactos más severos, la trascendencia de los efectos contaminantes, la magnitud de las operaciones, la complejidad tecnológica del proyecto y la situación económica de los titulares.
  • Un programa de inversiones.
  • Un cronograma de ejecución del mismo.
  • Documentación técnico-económica y demás información que el interesado considere pertinente adjuntar para justificar su PAMA.
  • Un plan de contingencia para prevenir o controlar riesgos ambientales o posibles accidentes y desastres que se puedan ocasionar en las instalaciones eléctricas.
  • Un programa de manejo y disposición de residuos.
  • Un plan de cierre.
  • Las inversiones anuales aprobadas por la autoridad competente para los programas a ejecutarse, en ningún caso serán inferiores al uno por ciento del valor de las ventas anuales.
Los plazos en el sector electricidad para la implementación del PAMA ya han caducado, lo que significa que las empresas del sector eléctrico ya no pueden acceder a este instrumento de gestión ambiental. Sin embargo, esto no significa que todos los PAMA estén completados, ya que esto esta sujeto a la fiscalización del OSINERGMIN.

FUENTE: OSINERGMIN